Resolución de litigios en línea
El Reglamento sobre resolución de litigios en línea en materia de consumo (Reglamento UE nº 524/2013) está en vigor desde el 9 de enero de 2016. El objetivo del reglamento es aumentar el nivel de protección de los consumidores mediante la creación de una plataforma europea de RLL. Se trata de un organismo de mediación cuyo objetivo es permitir la resolución extrajudicial, independiente y rápida de los litigios entre consumidores y comerciantes. Se puede acceder a la plataforma europea ODR a través del siguiente enlace:
https://ec.europa.eu/consumers/odr/
El cometido de la plataforma europea de RLL es mediar en el litigio denunciado por el consumidor o el comerciante, incluida la dirección de correo electrónico del comerciante info@berger-camping.es, hacia un organismo nacional de resolución de litigios (entidad de RAL) para su resolución extrajudicial.
Tenga en cuenta:
La información anterior se facilita únicamente a efectos de cumplir con las obligaciones de información al consumidor derivadas del artículo 14 del Reglamento (UE) nº 524/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, sobre resolución de litigios en línea en materia de consumo y por el que se modifican el Reglamento (CE) nº 2006/2004 y la Directiva 2009/22/CE (Reglamento sobre resolución de litigios en línea en materia de consumo).
De conformidad con el artículo 36 de la Ley alemana de resolución de litigios en materia de consumo (VSBG), también queremos señalar que no estamos obligados por ley a participar en un procedimiento de resolución de litigios ante una junta de arbitraje de consumo, ni estamos obligados por contrato a hacerlo.
De acuerdo con el artículo 37 de la Ley de Resolución de Conflictos de Consumo (VSBG), notificamos a la junta de arbitraje de consumo competente lo siguiente: Junta Arbitral General de Consumo del Zentrum für Schlichtung e.V. Strassburger Straße 8 77694 Kehl am Rhein Sitio web: www.verbraucher-schlichter.de
Sin embargo, declaramos que no estamos dispuestos ni obligados a participar en un procedimiento de resolución de conflictos.